Visitas entre abuelos y nietos
Valoración del interés superior del menor

Unos abuelos paternos interponen una demanda para establecer un régimen de visitas con sus nietos, tras la interrupción de la relación familiar debido a un conflicto derivado de una denuncia penal contra el padre de los menores, quien fue absuelto de los cargos de abuso sexual.
Se estableció un régimen de visitas limitado, permitiendo a los abuelos relacionarse con sus nietos un domingo al mes, con la condición de que no estuviera presente la madre y que los abuelos evitaran hacer referencias al padre. La Audiencia consideró que la madre influía en el rechazo de los menores hacia los abuelos y que no existía una causa justificada para impedir las visitas, subrayando la importancia de preservar las relaciones familiares.
La madre de los menores interpuso recurso de casación, alegando que las visitas no eran beneficiosas para los menores y que la sentencia de la Audiencia no había valorado adecuadamente el interés superior del menor ni la voluntad de los niños. También argumentó que los abuelos insistían en hablar del padre, lo que generaba un daño emocional a los menores.
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación. Destaca que el interés superior del menor no justifica la exclusión total de la figura paterna ni la negativa de los menores a las visitas, ya que su voluntad no es vinculante y debe ser ponderada junto con otros factores. Además, subrayó que no se había demostrado que la relación con los abuelos causara un perjuicio real a los menores y que la incomodidad expresada por ellos no era suficiente para impedir las visitas. El Tribunal también señaló que la absolución del padre en el proceso penal, ya firme, impedía mantener un estigma sobre él y utilizarlo como argumento para restringir las relaciones familiares.
El Supremo valoró positivamente el régimen de visitas establecido por la Audiencia, que incluye medidas para proteger el bienestar de los menores, como la advertencia a los abuelos de evitar referencias insistentes al padre. Asimismo, consideró que la madre había influido en la actitud de los menores hacia los abuelos y que la interrupción de las visitas coincidió con el proceso penal, lo que refuerza la idea de una posible manipulación.
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